Centro de Investigación y Estudios de Matemática
Licencias Académicas
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Comunicado de CONICET:

El Directorio del CONICET en su reunión de los días 8 y 9 de octubre de 2014, aprobó establecer los alcances de las licencias académicas breves (Art. 18 G1 y G2) establecidas en el Estatuto de las Carreras, con el objeto de facilitar el desarrollo de las actividades de investigación que se llevan a cabo en el país y en el extranjero.
Prof. Liliana C. Sacco. Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos

LICENCIAS ACADEMICAS BREVES


Las actividades de investigación científica y tecnológica conllevan como parte sustancial de las mismas un alto grado de movilidad y de desplazamiento de sus lugares de trabajo de los investigadores- por períodos breves- ya sea como jurados de tesis, participando en reuniones, simposios, seminarios, congresos, comisiones evaluadores, trabajos de campaña, visitas a centros en el país como en el exterior, etc. Estos desplazamientos habituales son necesarios para la adecuada ejecución de sus planes y proyectos de investigación, de su formación continua y la de sus discípulos. 
En este marco se considera necesario establecer los alcances de las Licencias Académicas breves (18 g1 y g2)1 establecidas en el Estatuto de las Carrera del Investigador Científico y Tecnológico, con el objeto de facilitar el desarrollo de la actividad de investigación que se lleve a cabo en el país y en el extranjero. La propuesta que sigue pretende evitar el exceso de trámites y que los mismos dificulten o se transformen en un fin en si mismo más que en un medio para el adecuado cumplimiento de la normativa y las actividades que pretende regular. En muchos casos el desarrollo de estas actividades implican trámites para el investigador y la administración que se traducen en una sobrecarga de resoluciones tardías e incompletas o bien no son informadas adecuadamente. 
Se establecerán mecanismos diferenciados para la tramitación de licencias breves para actividades de CyT que se desarrollen en el país o en el extranjero: 
En el exterior:
• Las licencias previstas en el artículo 18 inc. g) Puntos 1 y 2 del estatuto que se realicen en el exterior, tramitaran por SIGERH tal como se realiza hasta el presente, con las conformidades correspondientes. Las licencias en razón de los puntos 1 y 2 no podrán exceder en conjunto 180 días cada seis años consecutivos y los períodos parciales no serán mayores de 60 días corridos. Las mismas serán informadas en la certificación de servicios, para las actividades enunciadas al igual que los trabajos de campaña que se realicen en el exterior. 
En el país:
• Las licencias previstas en el artículo 18 inc. g) Puntos 1 y 2 del estatuto que se realicen en el país no tramitaran por SIGERH. No podrán exceder en conjunto 180 días cada seis años consecutivos y los períodos parciales no serán mayores de 60 días corridos. Serán informadas a las autoridades mediante los instrumentos que estos determinen. 

1 ART.18G1- Asistir a reuniones científicas o tecnológicas de reconocida jerarquía. 
ART.18G2 -Cumplir breves estadías en centros avanzados de la especialidad, a fin de permitirle efectuar observaciones y/o consultas, enterarse de nuevos métodos de trabajo y objetivos similares. 
Las licencias académicas previstas en el artículo 18 inc. g) Puntos 1 y 2 del estatuto que se realicen en el exterior, tramitaran por SIGERH con las conformidades de las autoridades correspondientes. Las licencias en razón de los puntos 1 y 2 no podrán exceder en conjunto 180 días cada seis años consecutivos y los períodos parciales no serán mayores de 60 días corridos.

El CIEM instrumentará para las LICENCIAS ACADEMICAS BREVES EN EL PAIS, desde el 1º de noviembre del 2014, que los investigadores de CONICET pertenececientes al instituto deberán enviar un mensaje por e-mail a ciem@famaf.unc.edu.ar informando sobre el periodo, lugar de destino y motivo de la licencia (pasantia, congreso, visita, jurado de tesis, comisión asesora, etc). Esta licencia será informada a CONICET en la certificación de servicios del mes.

Para el caso de las LICENCIAS ACADEMICAS BREVES EN EL EXTRANJERO, el trámite para solicitar licencia se deberá continuar realizando a través de su INTRANET, imprimir el formulario, adjuntar las cartas de invitación (formal o e-mail), contener las firmas del solicitante y director (en caso que lo requiera) y presentarlo en la Secretaría del CIEM.