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Reglamento de la Olimpíada Iberoamericana de Física

Aprobado en Salvador, Brasil, septiembre de 2004

1. Generalidades

1.1 - La Olimpiada Iberoamericana de Física (OIbF) es una competición intelectual, en el área de la Física, entre jóvenes estudiantes preuniversitarios de los países iberoamericanos, diseñada con el fin de estimular y promover el estudio de la Física y, consecuentemente, el desarrollo de jóvenes talentos en esta ciencia.

1.2 - A los efectos de este reglamento se entiende por países iberoamericanos a todos lo que son miembros u observadores de la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI).

1.3 - La Olimpiada Iberoamericana de Física se efectuará en el país seleccionado bajo los auspicios de los organismos e instituciones competentes para ello (nacionales o internacionales) o personas que deseen colaborar con estos eventos y estén debidamente autorizados para ello.

1.4 - La Olimpiada Iberoamericana de Física se convocará anualmente en correspondencia con los preceptos de este reglamento.

1.5 - La aceptación de la sede de la OIbF para un año determinado será avalada oficialmente por los organismos o instituciones competentes del país propuesto como tal, dos años antes de la fecha de la realización de dicha Olimpiada. Esta aceptación será presentada durante la reunión final del Jurado Internacional de la Olimpiada correspondiente.

1.6 - Los organismos o instituciones competentes del país seleccionado presentarán oficialmente la invitación a la Olimpiada en el año anterior a su celebración. Esta presentación se hará durante la reunión final del Jurado Internacional de la Olimpiada correspondiente.

1.7 - Los organismos e instituciones competentes del país seleccionado para cada Olimpiada tendrán la responsabilidad de designar al Comité Organizador.

1.8 - El periodo durante el cuál se realizará el evento será determinado por el país encargado de organizarla, de manera que se ajuste a los intereses de los países participantes; en este sentido se sugiere el mes de septiembre.

1.9 - El emblema de las OIbF será el de un aro sostenido por un hilo que se muestra oscilando en cinco posiciones. En cada una de estas posiciones el color de los aros, de izquierda a derecha, será rojo, amarrillo, verde y azul (siguiendo el orden de frecuencia creciente en el espectro visible). Estos colores se corresponden con al menos un color de los de las banderas de los países iberoamericanos. El punto de suspensión estará en el centro de un rectángulo con la leyenda interior como se muestra en el prototipo que encabeza este reglamento.

2. Objetivos de la Olimpiada

2.1 - Estimular el estudio de la Física y el desarrollo de jóvenes talentos en esta ciencia.

2.2 - Propiciar el intercambio de experiencias y la profundización de la amistad entre los países participantes.

2.3 - Promover la realización y desarrollo de competiciones nacionales, en correspondencia con las recomendaciones dadas por la UNESCO en 1989, que contribuyan a apoyar el talento y la iniciativa científica entre la juventud, en el contexto de lograr una educación científica para todos.

3. Participación

3.1 - El país sede de la OIbF deberá invitar a todos los países iberoamericanos a participar en la Olimpiada que organiza.

3.2 - Cada país invitado tiene derecho a estar representado por un equipo de hasta cuatro estudiantes y dos Profesores (Delegados), uno de ellos como jefe de la delegación.

3.3 - Los países que nunca hayan participado y deseen incorporarse a la OIbF podrán, si lo consideran pertinente, enviar la primera vez un observador antes de incorporarse con el equipo completo.

3.4 - Los estudiantes concursantes deberán satisfacer los siguientes requisitos:

3.5 - Los dos Profesores Delegados deberán ser físicos o Profesores destacados de Física. Ambos formarán parte del Jurado internacional, residirán con los demás miembros de este Jurado y no podrán tener contacto con los estudiantes hasta que hayan finalizado las pruebas. Durante este tiempo los estudiantes estarán bajo la atención de guías designados por el Comité Organizador, cuyas indicaciones deberán seguir en todos los casos.

3.6 - El Comité Organizador de cada país fijara las fechas de entrega de los datos de las delegaciones participantes en correspondencia con el programa establecido para ello. Se sugiere la habilitación de un sitio Web a estos efectos.

4. Distribución de costos

4.1 - Los organizadores cubrirán los gastos normales de estancia de las delegaciones y de los miembros del Secretariado Permanente que no sean Delegados durante todo el tiempo del programa de la Olimpiada, es decir desde la fecha oficialmente establecida para la llegada hasta la de partida.

4.2 - Los familiares o acompañantes, incluyendo otros Profesores diferentes de los Delegados y observadores, cubrirán sus gastos de estancia por cuenta propia. El Comité Organizador se limitará a reservarles hospedaje, si es posible, siempre que lo hayan solicitado con la antelación establecida por dicho Comité.

4.3 - El costo de los traslados de las delegaciones hasta la ciudad sede de la OIbF es responsabilidad de cada país participante.

5. Comité de Problemas

5.1 - El país organizador de la Olimpiada conformará un Comité de Problemas que se encargará de elaborar los que serán propuestos al Jurado Internacional.

5.2 - Los problemas serán originales y responderán al programa oficial de contenidos aprobado para las OIbF (anexo a este reglamento).

5.3 - Por cada problema teórico propuesto al Jurado, el Comité de Problemas tendrá, al menos, un problema alternativo de reserva.

5.4 - El o los problemas experimentales propuestos solamente serán objeto de discusión, y en este caso no se exigen problemas de reserva.

5.5 - Los problemas deberán ser presentados al Jurado Internacional con una redacción completa, incluyendo sus soluciones detalladas y una propuesta de puntuación.

6. Las pruebas

6.1 - La competición constará de dos pruebas, una teórica y otra experimental. El tiempo de realización de cada una será de un máximo de cinco horas y se efectuarán en dos días distintos.

6.2 - El contenido de los problemas versará sobre los distintos aspectos recogidos en el programa oficial de contenidos aprobado para la OIbF. Para su solución no se requerirá el uso de herramientas matemáticas que se salgan del marco de los programas de secundaria.

6.3 - Cada concursante trabajará individualmente. Las respuestas y soluciones se consignarán en el papel previsto por el Comité Organizador.

6.4 - Los únicos instrumentos cuyo uso se permitirá serán los necesarios para escribir y dibujar. También se permitirá el uso de calculadoras científicas no programables.

7. El Jurado de la Olimpiada Iberoamericana

7.1 - El Jurado Internacional estará integrado por los dos Profesores Delegados de cada uno de los paises participantes.

7.2 - El Presidente del Jurado lo designa el país sede.

7.3 - El Presidente podrá autorizar a miembros del Comité de Problemas a participar en sus reuniones sin derecho a voto. Los observadores podrán asistir a las reuniones del Jurado, previa autorización de su Presidente, con voz pero sin voto.

7.4 - El Jurado Internacional es la máxima autoridad de la Olimpiada y sus decisiones se acatarán por mayoría de votos. Los votos serán uno por cada país. En caso de empate, la decisión final corresponderá al Presidente.

7.5 - Son funciones del Jurado:

8. Evaluación

8.1 - Las pruebas serán calificadas por los miembros del Jurado Internacional, siguiendo los criterios aprobados por dicho Jurado tras estudiar la propuesta de puntuación presentada por el Comité de problemas.

8.2 - Para garantizar la equidad en la calificación de las pruebas, tanto la teórica como la experimental, los ejercicios serán evaluados en forma independiente por dos equipos de al menos tres Profesores Delegados de diferentes países. Tras esta evaluación los dos equipos evaluarán conjuntamente las calificaciones y resolverán las discrepancias que hayan podido surgir para decidir la calificación definitiva de cada uno de los ejercicios.

8.3 - Si lo estiman oportuno, los equipos de correctores podrán solicitar el asesoramiento del Comité de Problemas o del Secretariado Permanente.

8.4 - En la calificación de las pruebas el texto presentado por los estudiantes deberá ser preservado de cualquier alteración. Todo señalamiento de los Profesores deberá quedar claramente diferenciado.

8.5 - La prueba teórica se calificará sobre un máximo de 30 puntos y la experimental sobre 20 puntos, para un máximo total de 50 puntos.

9. Concesión de premios

9.1 - Se otorgaran primeros, segundos y terceros premios así como menciones honoríficas de acuerdo con la siguiente distribución porcentual evaluada respecto al número total de estudiantes participantes:

9.2 - El número de premios resultante de aplicar los porcentajes señalados en el ítem 9.1 sobre el número total de participantes, se redondeara al entero superior inmediato.

9.3 - La distribución de premios la aprueba el Jurado Internacional a partir de los listados anónimos de puntuaciones facilitados por el Comité Organizador del país anfitrión.

9.4 - En el caso de existir estudiantes con puntuaciones próximas pero con premios diferentes, el Jurado Internacional podrá desplazar las fronteras entre premios hasta en 0.5 puntos. Estas modificaciones sólo podrán llevarse a cabo en el sentido de mejorar la calidad de los premios.

9.5 - Se podrán otorgar uno o más premios especiales. Por ejemplo: mejor solución o solución particularmente original o ingeniosa a un problema teórico o experimental. En todo caso, la decisión de proponer estos premios al Jurado Internacional será potestad del Comité Organizador.

9.6 - Los participantes que no tengan premio recibirán un certificado de participación

9.7 - Los premios y diplomas serán entregados en un Acto de Clausura.

10. De las próximas olimpiadas

10.1 - Todos los países participantes deberán proponer su candidatura para organizar la OIbF. A partir de la tercera asistencia es obligatoria la presentación preliminar de la candidatura.

10.2 - El país que organice una OIbF deberá volver a presentar su candidatura al cabo de un máximo de 10 años.

10.3 - La presidencia del secretariado permanente de las OIbF gestionará entre los países participantes las propuestas de candidatura a futuras sedes y presentará al Jurado Internacional, para su aprobación, el programa resultante. Se tratará de mantener un programa con un mínimo de dos OIbF confirmadas de manera anticipada.

11. Del Secretariado Permanente de las Olimpiadas

11.1 - El Secretariado Permanente de las Olimpiadas es un órgano colegiado cuyo fin es garantizar la continuidad y permanencia de las Olimpiadas. Estará integrado por cinco miembros: Presidente, VicePresidente y tres Vocales. Dos de estos Vocales serán representantes del país anfitrión y del país que será la próxima sede de la OIbF; el Presidente, que será elegido cada 4 años por el Jurado Internacional, designa al Vicepresidente y al tercer Vocal.

11.2 - Son funciones generales del Secretariado Permanente:

11.3 - Es función específica del Secretariado Permanente supervisar la realización y evaluación de las pruebas.

12. Sobre las modificaciones al reglamento

12.1 - No se aceptarán para discusión propuestas de modificaciones de este reglamento que no sean distribuidas entre los países participantes por lo menos un mes antes de la fecha de la Olimpiada en cuestión. Los interesados podrán formalizar y difundir estas propuestas mediante el secretariado permanente.

12.2 - Las modificaciones al reglamento deben ser aprobadas por las dos terceras partes de los países participantes en la Olimpiada correspondiente.

12.3 - Las modificaciones aprobadas regirán a partir de la siguiente competición.

XII Olimpíada Iberoamericana de Física
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