Información sobre personal

Requisitos de ingreso / Alta legajo

REQUISITOS DE INGRESO

El agente que ingresa a esta Facultad deberá dirigirse al área de Personal y Sueldos para solicitar papelería de ingreso que, una vez completada, deberá ser entregada en una sola instancia (no se recibe de a partes), en esta área.

En el caso de docentes que ingresan por primera vez: una vez de informada su designación, deberá acercarse al área de Personal y Sueldos a solicitar y completar los formularios de ingreso para abrir su legajo universitario. En el caso de nodocentes, también deberán solicitar y completar aquí los formularios de ingreso.

El Legajo es un número único de empleado que otorga la UNC a través de su Secretaria de Gestión Institucional (SGI) a cada agente. Una vez obtenido, el agente deberá solicitar ante el Área de Personal y Sueldos la confección de la documentación para su afiliación en la obra social DASPU. Con esa documentación deberá dirigirse al sector Afiliaciones. También podrá solicitar copia fiel de la Resolución de su designación en el cargo. Podrá descargarla una vez protocolizada del Digesto de la UNC. Todo ingreso a la Universidad Nacional requiere de la presentación obligatoria, del APTO PSICOFISICO y del CERTIFICADO DE BUENA CONDUCTA.

REQUISITOS PARA ABRIR LEGAJO: El agente que inicia los trámites de ingreso, se le otorgará un INSTRUCTIVO con todos los tramites a realizar para el inicio de su cargo. El legajo no será otorgado hasta bien no esté firme la Resolución de designación del agente. Toda la documentación (obligatoria) a presentar se rige por Ordenanza 05/95 y Resol. 1309/95, a saber:

APTO PSICOFÍSICO. Es la primera gestión para el ingreso (APF). Se tramita llevando la Carta de Presentación de Ingreso completa, al Centro Nacional de Reconocimientos Médicos.

CERTIFICADO DE BUENA CONDUCTA

FICHA INDIVIDUAL COMPLETA

DECLARACIÓN JURADA DE CARGOS: La completa el agente con sus datos, incorporará en dicho documento los cargos que esté desempeñando hasta la actualidad. Deberá estar firmada por las autoridades responsables de los cargos que declara. En el caso de las designaciones nuevas, firmará la autoridad a cargo del Departamento Académico donde el agente va a desempeñar funciones.

NOTIFICACIÓN DE LA LEY SALARIAL 24714: indica que el agente se ha notificado del conocimiento y existencia de los beneficios de la Ley de Asignaciones Familiares que rige para los empleados en relación de dependencia. Lleva firma, aclaración y fecha del día en que hace entrega la documentación en esta área.

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ACTA DE ALTA DE PERSONAL: deberá consignar nombre completo, DNI, firma aclaración y fecha del día en que hace entrega la documentación en esta área.

FORMULARIOS SEGUROS DE VIDA: los agentes de la UNC poseen dos pólizas.

Seguro de vida colectivo obligatorio decreto 1567-74 poliza 1175

SOPE-Ley 13.003

El Área de Personal y Sueldos entregará los formularios con los papeles de ingreso o bien podrá solicitar al agente que los complete posteriormente. Para esto, el agente deberá elegir uno varios beneficiarios para sus pólizas (mayores de 18 años, generalmente con vínculo de parentesco), repartir el 100% de cada una en porcentajes para el o los elegidos, e informar de esta situación al área de Personal y Sueldos.

DECLARACIÓN JURADA DE DOMICILIO: esta ficha es una Declaración Jurada (DDJJ) donde el agente consignará nombre completo, domicilio real (donde habita realmente), y teléfono de contacto con la institución. En caso que el agente modifique estos datos es su obligación informarlos en el área de Personal y Sueldos cada vez.

Seguro de vida

El Personal de la Facultad como el de la Universidad Nacional de Córdoba cuentan con seguros de vida los que se completan por el agente al momento del ingreso al cargo o bien posteriormente. En las pólizas el agente debe elegir uno o varios beneficiarios (mayores de 18 años, generalmente con vínculo de parentesco), repartiendo el porcentual total entre los beneficiarios elegidos.   Es fundamental para el cobro del seguro de vida del agente fallecido, por parte de sus beneficiarios, que éste posea firmados, los 3 últimos recibos de sueldos previos a su fallecimiento. Caso contrario, esta área de Personal y Sueldos no se responsabiliza por la falta de este requisito, para el pago por parte de la compañía del monto asegurado.

Cobertura médica

La FAMAF (UNC) cuenta para todo su personal, junto a todas las dependencias de la UNC, con el Servicio de Emergencias de la Empresa ECCO.

Ante cualquier emergencia/urgencia médica, deberá llamar al:

0810-888-3226

Pueden hacer uso de este servicio todas aquellas personas (estudiantes, docentes, nodocentes y también terceros que circulen, transiten y permanezcan en los predios de la UNC o en la FACULTAD), y que fuesen afectadas por alguna urgencia y/o emergencia de salud.

Personal con relación laboral: Cabe aclarar que, en casos que estos hechos ocurriesen al personal que mantiene relación laboral con esta Facultad (docentes o no docentes) deberán, por sí mismos o a través de un tercero, además de utilizar este servicio de urgencia, comunicarse con el Departamento de Personal de la Facultad de Matemática, Astronomía, Física y Computación, a los fines que el mismo informe los hechos ocurridos a la correspondiente ART. Específicamente en todas aquellas emergencias o urgencias que constituyan accidentes laborales in situ o in itinere.

Pequeña reseña Instructiva:

  1. Coloque el número de teléfono de ECCO 0810-888-3226 en un lugar fácilmente accesible y visible de su oficina, al lado del teléfono, desde donde se realizan habitualmente las llamadas.
  2. Llame e informe todos los datos posibles acerca de la manera más rápida de acceder al lugar: dependencia, piso, identificación del área, aula u oficina.
  3. Brinde tranquilidad al enfermo / accidentado. Si observa una desmejoría, llame nuevamente a ECCO y transmita esa nueva información.
  4. Reciba a la unidad servicio de emergencia que arriba al lugar y coméntele nuevamente la situación ocurrida.

El uso del Servicio de emergencias ECCO SA no implica –para quienes tienen relación de empleo con la FaMAF- dejar de lado las correspondientes actuaciones pertinentes con la ART.

Cobertura: El servicio cubre de lunes a lunes, durante las 24 horas, los 365 días del año.

Se detallan a continuación, los grados de emergencia, con sus respectivos ejemplos:

Emergencia médica: es toda situación en la cual de no mediar la asistencia médica lo antes posible puede desencadenar complicaciones severas o incluso la muerte. Es la prioridad número uno del despacho y el arribo del móvil se producirá con la mayor celeridad. Como ejemplos vale mencionar: pérdida de conocimiento no recuperada, electrocución, episodios convulsivos, accidentes vehiculares, politraumatismos con hemorragias, caída de altura, ahogamiento, heridas de arma blanca o de fuego, entre otras.

Urgencia médica: es todo cuadro que debe recibir asistencia médica con celeridad, pero con plazos de tiempo mayores que la emergencia, sin riesgo inmediato para la vida del paciente. Son patologías graves que, generalmente, derivan en internación. Son ejemplos de urgencia médica: pérdida de conocimiento recuperada, crisis asmática, sangrado o hipertensión durante el embarazo, estados de confusión u obnubilación, dolor de pecho o falta de aire de inicio súbito, hipertensión arterial en presencia de dolor de pecho falta de aire o compromiso neurológico, evacuación o vómitos de sangre, entre otros.

Consulta médica: son aquellos cuadros clínicos que no requieren de rapidez en su atención, generalmente patologías ambulatorias y, por ende, la última prioridad para el despacho. Cabe citar como ejemplos: síndromes gripales, faringitis, amigdalitis, dolor abdominal, diarrea, fiebre, mareos, vómitos, hipertensión arterial como dato aislado sin síntomas acompañantes, entre otros.

La categorización de las solicitudes de atención médica se complementará con las instrucciones de pre-arribo. Estas anticipan la llegada del profesional, informando al solicitante sobre medidas simples que podrá comenzar a practicársele al afectado/a, con la correcta instrucción telefónica.

DDJJ Patrimonial

Es una DDJJ patrimonial anual que es remitida a la Oficina Anticorrupción de la Nación, por solamente los obligados, por su embestidura publica según el listado que dispone la ley. Se debe llenar mediante un formulario web (F145), el cual se encuentra en la pagina de afip con ingreso con clave fiscal.

Esta presentación debe ser remitida al Área de Personal y sueldos en los tiempos que estipule la Oficina Anticorrupción de la Nación, la cual es enviada a la sede administrativa central de la UNC para su recepción y envío a la Oficina antes mencionada.

OBLIGADOS A PRESENTAR LA DDJJ PATRIMONIAL

Es una DDJJ patrimonial anual que es remitida a la Oficina Anticorrupción de la Nación, por solamente los obligados, por su embestidura publica según el listado que dispone la ley. Se debe llenar mediante un formulario web (F145), el cual se encuentra en la pagina de afip con ingreso con clave fiscal.

Esta presentación debe ser remitida al Área de Personal y sueldos en los tiempos que estipule la Oficina Anticorrupción de la Nación, la cual es enviada a la sede administrativa central de la UNC para su recepción y envío a la Oficina antes mencionada.

OBLIGADOS A PRESENTAR LA DDJJ PATRIMONIAL

    1. Los Rectores, Decanos y Secretarios de Universidad.
    2. Los funcionarios y/o empleados con categoría o función no inferior a la de director general. Se hace presente que el presente inciso ha sido modificado por la Resolución OA 134/2018; por ello y a partir de la vigencia de la misma sólo están obligados a la presentación los Directores Generales (Equivalente en Nodocente a la función de cargo categoría 1). No obstante ello, los Directores o agentes que apliquen en los demás incisos están obligados a la presentación de la DDJJ. Los Directores que no apliquen en los demás incisos deberán presentar, si o si, la DDJJ anual 2018 y baja 2018,
    3. Todo empleado o funcionario encargado de otorgar habilitaciones administrativas para el ejercicio de cualquier actividad (ej. agentes que trabajen en Bedelía de lasFacultades o Colegios, agentes que trabajen en oficialía mayor).
    4. Todo funcionario o empleado que integre comisiones de adjudicación de licitaciones, compras o recepción de bienes o participe en la toma de decisiones de licitaciones o compras.
    5. Todo empleado que tenga por función administrar, controlar o fiscalizar ingresos públicos.
    6. Auditores internos ( art. 2 Resolución de la OA Nº 1/2002). de caja o que sin tenerlo manejen dinero.

Certificaciones relación laboral

Los certificados que manifiesten la relación laboral con la FaMAF, el tipo de tarea o función que desempeña, así como otros datos: antigüedad, tipo de cargo, entre otros, deberán ser solicitados en forma personal en esta Área de Personal y Sueldos, los que se expedirán en los tiempos mas acotados posibles de acuerdo a la necesidad del área, no siendo esta demora mayor a los 3 días de solicitados (con la excepción de certificaciones de servicios y remuneraciones para fines de inicios de tramites jubilatorios o de reconocimiento de antigüedad, los que tienen un tiempo de expedición mas amplio).

Licencias nodocente

Las y los agentes nodocentes deberán ingresar con su usuario y contraseña provisto por ésta Área a la pagina web https://memos.famaf.unc.edu.ar para solicitar el o los días de licencias con su debida anticipación, y adecuarse al:

REGLAMENTO INTERNO DE REGISTRO Y CONTROL DE ASISTENCIAS DEL PERSONAL NODOCENTE

LICENCIA ANUAL ORDINARIA: Las vacaciones o licencia anual ordinaria, consiste en un período continuado de descanso, remunerado, que se fija en forma legal o convencional, y que el trabajador tiene derecho a gozar con el objetivo de lograr su restablecimiento psicofísico; y cuya duración, se gradúa en función de su antigüedad.

MATERNIDAD Y PATERNIDAD: La antigüedad mínima para gozar de esta licencia con goce de haberes es de tres meses, caso contrario, se acordará sin goce.

PATERNIDAD: El padre tendrá quince (15) días hábiles - con goce de haberes - por nacimiento o adopción de hijos/as, justificando posteriormente el pedido con la presentación de la partida de nacimiento, anotación de libreta de familia, o la tenencia provisoria con fines de adopción.

AMPLIACIÓN MATERNIDAD: Las mujeres contarán con una licencia -con goce de haberes- de ciento ochenta (180) días debiendo tomarse cuarenta y cinco (45) previos a la fecha probable de parto y ciento treinta y cinco (135) días postparto. Si a criterio médico el embarazo fuere de alto riesgo, el período pre parto podrá aumentarse por el tiempo que médicamente fuere recomendado.

JUSTIFICACIÓN DE LICENCIAS: Además de la carga habitual en el sistema de memos (SIAUSA - Sistema de Ausencias y Salidas), se deberán enviar los certificados justificantes de las inasistencias solamente a través del mail personalysueldos@famaf.unc.edu.ar en formato pdf y el nombre del archivo deberá ser APELLIDO Y RAZÓN DE LICENCIA por ejemplo (RAMIREZ_ENFERMEDAD_AGENTE.PDF).

Riesgos de trabajo (A.R.T.)

Accidentes de trabajo

Es un acontecimiento súbito y violento, en ocasión del trabajo.

Accidente in situ: Es el que ocurre dentro del horario de trabajo donde la persona desempeña sus funciones o tareas habituales. Incluye también los ocurridos dentro del establecimiento, los trayectos en la vía pública (en comisión) y los casos de accidente en la modalidad de Teletrabajo

Accidente in itinere: Ocurre en el trayecto habitual y directo desde la casa del empleado/a al lugar del trabajo o viceversa.

Denuncia y procedimiento

En caso de accidente se deberá denunciar (el afectado o un tercero) a:

EXPERTA ART al 08008880200 o 08006663279

Ahí se indicarán los pasos a seguir, y se dará un número de siniestro.

  1. Luego que la ART lo atienda el agente deberá comunicar se con la oficina de personal informando número de siniestro y todos los datos del accidente.
  2. Luego del alta y pasado 5 días de la misma, si vuelve a tener dolencia el agente (la empresa, no el accidentado) deberá comunicarse a los teléfonos indicados previamente para solicitar el reingreso. La ART analizará en cada caso si corresponde citarlo para evaluarlo nuevamente.

Enfermedades laborales

Según la Ley Nº 24557 la Enfermedad Profesional implica un daño en la salud del personal expuesto a ciertos riesgos laborales. Tiene que haber una correlación directa entre riesgo laboral y daño producido. Es decir que se produce por una exposición continua a un agente agresor.

Se consideran enfermedades profesionales aquellas que se encuentran incluidas en el listado que elaborará y revisará el Poder Ejecutivo, conforme al procedimiento realizado por una comisión.

Denuncia y procedimiento

  1. El afectado de la enfermedad profesional deberá presentase a la Oficina de personal presentar el caso y estudios complementarios así desde esta oficina se comienza con el procedimiento de la denuncia.
  2. Posteriormente a que la ART realice la apertura del siniestro, se realizarán las citaciones pertinentes para evaluar al empleado y brindar las prestaciones correspondientes
  3. Luego que la ART lo atienda el agente deberá comunicar se con la oficina de personal informando su evolución.

Para la Cobertura en viajes dentro del país o cualquier salida fuera de su dependencia, no es necesario que se realice ninguna gestión adicional de cara a la ART.

Sólo se requiere que, en caso de ocurrencia de un siniestro, quienes respondan al estudio de investigación estén al tanto del viaje del empleado para poder ratificar que se trata de un siniestro en comisión.

El agente debe llevar la credencial y quien sea referente deberá tener conocimiento del viaje y de todos los datos, porque en caso de accidente la ART se comunicará con esa persona.

Experta tiene cobertura en todo el país.

Viajes al exterior

Se solicita la cobertura por extensión de ART vía correo electrónico a personalysueldos@famaf.unc.edu.ar, una vez otorgada mediante resolución, la licencia solicitada.

Coberturas especiales

La cobertura procede en estos casos:

  • Cuando el agente solicite cobertura con montos fijos que se deberá acompañar el mismo con la solicitud del congreso que respalde tal pedido
  • En caso de viajes de Autoridades de Dependencia. En los casos antes mencionados se debe:
  1. Pedirle al agente todos los datos del VIAJE
  2. La persona recibirá un voucher donde figuran los datos del viaje, datos personales, detalle de la cobertura y listado de teléfonos a los que se deberá comunicar en caso de necesitar utilizar el servicio. Adicionalmente, se adjunta una serie de consejos útiles para el correcto uso de la asistencia. En caso de no recibirlo solicitar a la oficina de personal de su dependencia que realice el reclamo correspondiente con un mínimo de 48 horas de anticipación del viaje.

Recordar que la ART cubre accidentes de trabajo

No enfermedades o accidentes que no sean en el ámbito laboral.

Descargar el instructivo completo

Trámite jubilatorio en la UNC

Caja Complementaria de Jubilaciones

Cálculo de haber jubilatorio

​¿Qué debo hacer si me contagio Coronavirus trabajando?

Instructivo sobre certificados médicos

REQUISITOS PARA QUE SEAN VÁLIDOS LOS CERTIFICADOS MÉDICOS

a) Debe ser confeccionado con membrete de la institución de salud o del médico. 

b) Nombre, apellido y DNI del empleado/paciente que solicita la licencia

c) Fecha de emisión. 

d) Diagnóstico claro y preciso (no descripción de síntomas) 

e)  Duración de la licencia médica (fecha de baja médica y cantidad de días u horas para guardar reposo).

f) Firma, aclaración y matrícula del profesional médico.

g) Sello del profesional. 

h) Estar redactado con claridad, brevedad y sencillez, sin caer en ambigüedades.

i) Ser legible y confeccionado con la misma caligrafía, tipo y color de tinta, en todo el cuerpo del mismo.

EXTERIOR DEL PAIS

  1. Requisitos generales 
  2. Firmado por el consulado argentino del país de estancia.
  3. En los casos que corresponda, con la traducción al idioma castellano."

Asimismo, reiteramos que los CMT tiene validez por 30ds. 

EJEMPLO Req. Grales. CMT (1)